Tirotean domicilio, un local, y aseguran camioneta en Culiacán
CULIACÁN, Sin., 15 de diciembre del 2022.- Debido a la situación que prevalece en Sinaloa respectó al desplazamiento forzoso interno de personas, la CEDH emitió la recomendación general 2/2022, dirigida a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como a la Fiscalía General del Estado y los 18 gobiernos municipales.
Se les hace un llamado, para que generen acciones de prevención y atención, acordes con la Constitución Nacional, los derechos humanos.
El sustento de la Recomendación General 2/2022 fue el análisis realizado a 17 expedientes tramitados ante esta Comisión, así como a informes rendidos por autoridades estatales y municipales, en los que se advirtió que en algunos municipios de Sinaloa prevalece una situación de Desplazamiento Forzado Interno de personas, situación que transgrede los derechos humanos.
Violando sus derechos a la libertad de circulación y residencia, el derecho a no ser desplazado forzadamente, a la seguridad personal, a la propiedad, a un nivel de vida adecuado y al trabajo, a la vivienda o alojamiento, a la protección, a la salud, al acceso a la educación y al acceso a la justicia.
Además, se advirtió la falta de implementación de medidas adecuadas y oportunas para atender el Desplazamiento Forzado Interno, la omisión del reconocimiento y censo de personas desplazadas, la importancia del Fondo Especial para la Atención y Protección de Personas Desplazadas y de implementar el Programa para la Atención y Protección de Personas Desplazadas.
Por tales motivos los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Fiscalía General del Estado y Gobiernos Municipales, de Sinaloa deberán de manera coordinada realizar un diagnóstico que permita conocer la situación actual de inseguridad en los municipios y comunidades donde se ha presentado el fenómeno de desplazamiento forzado interno.
De manera conjunta, elaborar y aplicar un protocolo de seguridad que tenga como objetivo principal disminuir los índices de inseguridad en dichos municipios, a la par de programas específicos para que las personas desplazadas tengan acceso a las herramientas y medios que requieran para restablecer su fuente de ingresos.
También deberán contar con un programa de acceso a viviendas adecuadas o subsidios de arrendamiento para las personas desplazada, al mismo tiempo que el Gobierno del Estado debe proporcionar programas de salud para la atención física y psicológica a las víctimas de este fenómeno, así como garantizar en todo momento el derecho a la educación primordialmente en favor de la niñez víctima de DIF.
Que las autoridades realicen las acciones de investigación necesarias para esclarecer los hechos de violencia que generan el desplazamiento de las personas de sus lugares de origen y crear el Programa Estatal para la Atención de Personas Desplazadas en términos de la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno en el Estado de Sinaloa.
También se deberá contar con un Registro Estatal de Personas Desplazadas por causa de la violencia, y que se incluya en las sucesivas Leyes de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado el Fondo Especial para la Atención de Personas Desplazadas por la Violencia.