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CULIACÁN, Sin., 6 de agosto de 2025.- Luego de que el Juzgado Primero Federal de Distrito con sede en Zacatecas concediera una suspensión definitiva a favor de Gerardo Vargas Landeros tras haber sido separado del cargo como Alcalde de Ahome, dejaron en claro que no tienen la facultad de restituirlo, ya que es competencia de las autoridades locales hacerlo.
Vargas Landeros fue separado del cargo de presidente municipal por la adjudicación directa y sin licitación de patrullas para la Secretaría de Seguridad Pública de Ahome, situación por la que tiene un proceso legal abierto y desde el Congreso de Sinaloa se le desaforó.
Tras promover un amparo, se le concedió la suspensión definitiva pero esta es solo para “Para que cesen en sus efectos y consecuencias las normas reclamadas, es decir, el artículo 136 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y el numeral 41 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa, así como los actos de aplicación de dichos artículos; lo que se fundamenta en la causa de procedencia de la suspensión que específicamente regula el artículo 148 de la Ley de Amparo.”
Por tal motivo, la autoridad federal no tiene el poder de restituirlo al cargo que ocupaba tras haber ganado las elecciones del 2 de junio de 2024.
En un exhorto incorporado el martes al expediente 1832/2025, se indica que le corresponde al Congreso local, la Comisión Instructora, el Gobernador Constitucional y el Pleno del Ayuntamiento de Ahome, realizar la restitución formal de Vargas Landeros al puesto de Alcalde.
En el mismo documento se indica que de no llevarse a cabo la reincorporación a sus funciones, las autoridades involucradas podrían ser sujetas a las medidas previstas en la Ley de Amparo.