
Matan a balazos a un hombre junto a parroquia en Culiacán
CULIACÁN Sin. 5 de julio de 2025.- Tras opiniones de algunos sectores sociales que aplaudieron reformas para castigar delitos como el halconeo y el uso de ponchallantas y solicitaron una acción similar para sancionar a quienes recluten a menores para la delincuencia, dicho marco legal ya existe en Sinaloa, informó la diputada presidenta de la Comisión de Seguridad del Congreso de Sinaloa.
Arely Ruiz López, dio a conocer que tras estudiar el Código Penal del Estado de Sinaloa se concluye que no es necesaria, al menos de momento, una reforma ya que desde el 3 de octubre de 2007, se publicó en el Diario Oficial del Estado de Sinaloa, la entonces reforma al Artículo 273 del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en el que se clasificó como Corrupción de Menores la inducción o estimulación de menores para formar parte de la delincuencia organizada o cometer un delito.
La legisladora precisó que dicho precepto legal quedó en el marco legal del estado de la siguiente manera:
Artículo 273.- Al que procure o facilite la corrupción deun menor de dieciocho años de edad o dequien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho mediante actos encaminados a su perversion sexual, o impulsándolo a la práctica de la prostitución,la mendicidad, consumo de bebidas embriagantes,lo estimule o induzca a formar parte de una asociación delictuosa, a pertenecer a la delincuencia organizada o cometer delito, se le impodrá de cuinco a doce años de prisión y de 500 a 700 días multa.
De esta manera, precisó la legisladora, existen las herramientas jurídicas penales para sancionar la conducta, sin embargo, concluyó si especialistas en materia penal consideren que el tipo penal pudiera dejar fuera de regulación conductas que inciden en actividades delictivas, los legisladores estarían en la disposición de escuchar las voces sociales y proceder a mejorar el tipo atendido a la actualidad del marco delincuencial.