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CULIACÁN, Sin., 26 de mayo de 2024.- En Sesión Extraordinaria realizada este sábado, el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE), resolvió las solicitudes de medidas cautelares por actos que consideran vulneraciones a la normatividad electoral y difusión de calumnias en transmisiones de diversos espacios en medios de comunicación, foros y redes sociales.
Según un comunicado de prensa en el primer punto del Orden del día, el Consejo Local de Sinaloa declaró improcedente -por unanimidad de votos-, la adopción de medidas cautelares formulada por el partido Morena en contra de Paloma Sánchez Ramos, candidata al Senado de la República.
La denuncia y solicitud de medidas cautelares presentada el 27 de marzo del 2024 en Oficialía de Partes de la Junta Local Ejecutiva del INE en Sinaloa, denuncia que el pasado 6 de marzo, la candidata publicó un texto que considera una calumnia, ya que publicó: “En Morena están divididos. Nosotros, unidos. En Morena son incompetentes. Nosotros, capaces. En Morena promueven el odio. Nosotros, la paz. En Morena reina la impunidad. Nosotros la combatimos. Claudia es violencia. Xóchitl es paz”, a lo que el denunciante consideró una violación a la equidad y a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, con impacto en el Proceso Electoral 2023-2024.
En los siguientes puntos del Orden del día, se informó las medidas cautelares solicitadas por Enrique Inzunza Cázarez, candidato a Senado de la República por el partido Morena en contra de la también candidata al Senado por la coalición Fuerza y Corazón por México, Paloma Sánchez Ramos, y Paola Iveth Gárate Valenzuela, presidenta del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Sinaloa, derivado de la difusión de calumnias en transmisiones de diversos espacios de medios de comunicación, foros y redes sociales.
En el segundo punto se indicó que el pasado 13 de mayo, se recibió la queja signado por el candidato de Morena contra la candidata de la Coalición Fuerza y Corazón por México, señalando que ha incurrido sistemáticamente en ataques a su honor mediante calumnias, al utilizar espacios en medios de comunicación, foros y redes sociales para señalarlo como culpable de delitos sin que exista sentencia alguna que lo identifique como tal, por lo que se solicitó que la candidata denunciada cese de inmediato las calumnias y acusaciones de culpabilidad de hechos delictivos en contra del denunciante, además de que retire de sus plataformas los contenidos de diversas páginas web y redes sociales.
El Consejo Local del INE, resolvió como procedente la medida cautelar solicitada y ordenó a la candidata que en un plazo de hasta 24 horas a partir de la notificación, realice las acciones, tramites y gestiones necesarias para eliminar una publicación que se encuentra alojada en su cuenta de X.
Además de realizar algún contenido similar en cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración, debiendo informar de su cumplimiento, dentro de las seis horas siguientes que esto ocurra.
Asimismo, se orden al Partido Revolucionario Institucional, realizar el retiro del contenido en el portal http://www.pri-sinaloa.org.mx/Saladeprensa/Nota.aspx?y=36172, dentro de las siguientes 24 horas después de su notificación.
En el tercer y último punto, se indicó que el 15 de mayo, la Junta Local del INE en Sinaloa recibió la denuncia presentada por el candidato al Senado de la República por Morena, en contra de Paola Iveth Gárate Valenzuela, presidenta del PRI en Sinaloa, por difusión de calumnias en transmisiones de diversos espacios en medios de comunicación, foros y redes sociales.
El Consejo resolvió como procedente la medida cautelar solicitada por el candidato y se ordenó notificar a la presidenta del Comité Directivo del PRI en Sinaloa, que realice las gestiones necesarias para eliminar las publicaciones que se encuentran alojadas en diversas cuentas de redes sociales.
Además, se ordenó al PRI, realizar el retiro de contenido similar en cualquier plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración y la eliminación de las publicaciones indicadas.