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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de abril de 2024.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, que pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.
Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.
Estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos (cónyuge, concubina, padres, abuelos, hijos y nietos) que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.
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