En Mazatlán piden denunciar a tiempo la violencia familiar
CULIACÁN, Sin., 28 de abril de 2023.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), emitió la Recomendación 02/2023 al Ayuntamiento de Mocorito luego de acreditar que se violentó el derecho humano a la integridad física y seguridad personal, a la legalidad y seguridad jurídica, omisión de certificar lesiones, y prestación indebida del servicio público, por parte de agentes adscritos a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, y del Tribunal de Barandilla del municipio en mención, cometidos en perjuicio de una persona.
En un comunicado de prensa se informó que en junio de 2020, el quejoso manifestó haber sido detenido por presuntamente cometer faltas al Bando de Policía y Gobierno del municipio de Mocorito, por lo que los uniformados policiacos ejercieron actos tenientes a su detención y fue puesto a disposición del Tribunal de Barandilla, quien impuso una sanción de arresto por 20 horas o una multa por 10 salarios mínimos.
La víctima señaló haber sido objeto de malos tratos y tras solicitar los informes correspondientes, esta Comisión Estatal dio cuenta de que el Tribunal de Barandilla no certificó su estado de salud, al referir que no cuentan con una sección médica donde se certifique el estado de salud de las personas detenidas, lo que contraviene con el Bando de Policía y Gobierno de ese municipio.
La CEDH Sinaloa hace hincapié en que el no certificar lesiones de manera detallada y veraz violenta los derechos humanos de las personas toda vez que el certificado médico es una prueba fundamental en el esclarecimiento de los hechos y la atribución de responsabilidades en contra de quienes ejercen malos tratos, penas crueles, inhumanas o degradantes, o así mismo que pudieran efectuar actos de tortura en contra de las personas, por tanto, todos los Tribunales de Barandilla deben contar con una sección médica para certificar la salud de las personas que son detenidas con la finalidad de prevenir actos violatorios de derechos humanos.
Es necesario precisar que por lo que hace a los actos y omisiones a que se refiere esta Recomendación, atribuidos a agentes de la Policía de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, se establecen con pleno respeto a la función de la seguridad pública, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, conforme a las facultades y competencias conferidas en la Constitución y en las leyes secundarias.
Por tal motivo esta Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa formula a María Elizalde Ruelas, presidenta municipal de Mocorito, como autoridad responsable, las siguientes recomendaciones.
Que se repare el daño al quejoso en los términos establecidos en la Ley General de Víctimas y la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
Se inicie procedimiento administrativo en contra de quienes hayan tenido participación en los hechos, para que de resultar procedente y acreditada su responsabilidad, se impongan las sanciones correspondientes.
Se de a conocer la presente recomendación y se capacite al personal de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Mocorito en materia de derechos humanos, además que se cumpla con la organización administrativa de los Tribunales de Barandilla establecida en los artículos 169 y 181 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Mocorito, específicamente a efecto de contar con área médica, remitiendo a esta Comisión Estatal las constancias con que se acredite su cumplimiento.
Una vez que se cumpla con todas las recomendaciones, se deberá informar a la CEDH y adjuntar evidencia de ello.