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Cuernavaca, Morelos 26 de septiembre de 2026.- Los asesinatos cometidos por motivos de discriminación contra personas de la diversidad sexual ya cuentan con una tipificación específica en Morelos, luego de que entró en vigor una reforma al Código Penal estatal que establece sanciones de hasta 70 años de prisión para quienes cometan este tipo de delitos.
La modificación legal busca que las autoridades puedan identificar e investigar cuando un homicidio esté motivado por prejuicios relacionados con la orientación sexual, identidad o expresión de género de la víctima, una demanda que durante años fue impulsada por colectivos y activistas de derechos humanos en la entidad.
Con la entrada en vigor del Decreto 1584, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, se adicionó el artículo 131 Quinquies al Código Penal de Morelos para reconocer formalmente los llamados crímenes de odio.
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