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La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) señaló que al negar su petición para resolver, en primer término, las demandas presentadas desde 2018 en contra de la Ley General de Comunicación Social (LGCS), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) demuestra que existen dos parámetros distintos: Uno para revisar las leyes del régimen neoliberal (en cinco años no se ha querido dictar sentencia) Y otro distinto para las normas que legítimamente expide la soberanía popular en busca de la trasformación que exige el Pueblo de México (se resolvería en tres meses), a pesar de que se trata de la misma norma impugnada. Añadió y señaló, en un comunicado, que en el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, el ministro instructor propone anular la totalidad del decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, aprobadas por el Poder Legislativo en diciembre de 2022 (Plan B), al considerar que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, lo cual es falso y de invalidarlo, sustituirá al Congreso de la Unión. “De la lectura al proyecto se constata que el ministro ponente es omiso en dar cumplimiento al artículo 17 constitucional y 39 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la norma fundamental, pues no toma en cuenta los razonamientos expuestos por las autoridades demandadas, cuando es su obligación examinar en su conjunto los argumentos de todas las partes, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada. De haberlo hecho, su proyecto se habría emitido en otro sentido”, agregó. Subrayó que en el proyecto se omite examinar la dispensa de trámite, que es una atribución reglamentada de los legisladores, que los faculta para someter un asunto a discusión y votación durante una sesión sin pasar por comisiones, para lo cual basta que el pleno de la Cámara de Diputados determine, por mayoría, que una iniciativa es de urgente u obvia resolución.
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