
Critica PAN el nuevo rescate a Pemex
CIUDAD DE MÉXICO, 25 de julio de 2025.- La resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que revoca la expulsión de Enrique Ochoa Reza del PRI establece un precedente clave en la vida interna de los partidos políticos: el disenso no puede considerarse motivo de sanción.
El fallo reconoce que Ochoa Reza, quien fuera dirigente nacional del partido entre 2016 y 2018, ejerció su derecho a la libre expresión al cuestionar abiertamente aspectos del proceso de reelección del actual presidente nacional del PRI, Alejandro Moreno, durante la Asamblea Nacional Ordinaria. Las magistraturas coincidieron en que sus declaraciones forman parte del debate legítimo que debe existir en toda organización política democrática, refirió un comunicado.
“El disenso expresado por el actor no representa una conducta de deslealtad”, se lee en el análisis del voto mayoritario, que enfatiza que sancionar las opiniones críticas de los militantes vulnera principios constitucionales como la libertad de expresión y el derecho de asociación.
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